Artículo 160 de Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes · Última reforma de referencia: 20-12-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 160. Sesiones de asesoramiento colectivo y actividades análogas Esta medida tiene por objeto que la persona adolescente asista y cumpla con programas de asesoramiento colectivo u otras actividades análogas a cargo de personas e instancias especializadas, a fin de procurar que el adolescente se desarrolle integralmente y adquiera una actitud positiva hacia su entorno.
Este tipo de medidas tendrán una duración máxima de dos años y su cumplimiento deberá iniciarse a más tardar un mes después de ordenadas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.