Artículo 22 de Ley Orgánica de la Armada de México
Ley Orgánica de la Armada de México · Última reforma de referencia: 01-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 22.- Los Escuadrones Aeronavales son unidades operativas responsables de la supervisión de las operaciones así como del control del mantenimiento de las Unidades Aeronavales adscritas y de la capacitación de sus tripulaciones.
Los Comandantes serán de la categoría de Capitán y estarán subordinados al Comandante de la Base Aeronaval o al Mando Naval según corresponda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.