Artículo 14 de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana
Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 14.- El Rector General de la Universidad deberá reunir los requisitos a que se refiere el artículo 8 de esta ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.