Ley federal

Artículo 13 de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana

Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 13.- Corresponde al Colegio Académico:

I.- Establecer, a propuesta del Rector General de la Universidad, las unidades universitarias, divisiones y departamentos que se requieran para el cumplimiento del objeto de la Universidad;

II.- Expedir las normas y disposiciones reglamentarias de aplicación general para la mejor organización y funcionamiento técnico, docente y administrativo de la Universidad;

III.- Designar al auditor externo a que se refiere la fracción VI del artículo 20 de esta ley;

IV.- Conocer y resolver los casos que no sean de la competencia de ningún otro órgano de la Universidad;

V.- Elegir anualmente a un miembro de la Junta Directiva que reemplazará al de más antigua designación y a los sustitutos para cubrir las vacantes que ocurran en la propia Junta;

VI.- Autorizar el presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad;

VII.- Aprobar los estados financieros que, con el dictamen del auditor externo, someta a su consideración el Patronato;

VIII.- Autorizar los planes de organización académica, las especialidades profesionales y las modalidades que se establezcan en la Universidad; y IX.- Ejercer las demás atribuciones que le confieran este ordenamiento y las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 13 de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana?

Corresponde al Colegio Académico: I.- Establecer, a propuesta del Rector General de la Universidad, las unidades universitarias, divisiones y departamentos que se requieran para el cumplimiento del objeto de la…

¿Está vigente el artículo 13?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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