Ley federal

Artículo 17 de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana

Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 17.- El Rector General será sustituido en sus ausencias temporales por el Secretario General de la Universidad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 17 de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana?

El Rector General será sustituido en sus ausencias temporales por el Secretario General de la Universidad.

¿Está vigente el artículo 17?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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