Artículo 17 de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana
Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 17.- El Rector General será sustituido en sus ausencias temporales por el Secretario General de la Universidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.