Artículo 108 de Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 108. El Comandante del Cuerpo de Aerotropas será un General procedente de Arma, que tenga la especialidad de paracaidista.
Cuerpo de Policía Militar
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.