Ley federal

Artículo 7o de Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia

Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia · Última reforma de referencia: 17-12-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 7o. Son facultades y obligaciones del Director General:

I. Representar legalmente al Instituto.

II. Otorgar, revocar y sustituir poderes.

III. Acordar con el Secretario de Cultura los asuntos de su competencia.

Fracción reformada DOF 17-12-2015 IV. Presidir las sesiones del Consejo General Consultivo y propiciar sus resoluciones.

V. Autorizar y hacer cumplir los programas de trabajo del Instituto.

VI. Nombrar y remover al personal de confianza en los términos de la legislación aplicable.

VII. Proponer al Secretario de Cultura los proyectos de reglamentos y aprobar los manuales internos necesarios para el funcionamiento y operación del Instituto.

Fracción reformada DOF 17-12-2015 VIII. Celebrar contratos y realizar toda clase de actos de dominio.

IX. Presentar oportunamente, a las autoridades federales competentes, el proyecto de presupuesto anual.

X. Presentar al Secretario de Cultura un informe anual de actividades del Instituto y el programa de trabajo anual a desarrollar.

Fracción reformada DOF 17-12-2015 XI. Celebrar convenios con personas físicas o jurídicas y con organismos públicos o privados, nacionales, internacionales o extranjeros.

XII. Las demás que le confieran otras leyes, los reglamentos y el Secretario de Cultura.

Fracción reformada DOF 17-12-2015 Artículo reformado DOF 13-01-1986

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 7o de Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia?

Son facultades y obligaciones del Director General: I. Representar legalmente al Instituto. II. Otorgar, revocar y sustituir poderes. III. Acordar con el Secretario de Cultura los asuntos de su competencia. Fracción…

¿Está vigente el artículo 7o?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-12-2015. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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