Ley federal

Artículo 3o de Ley que crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura

Ley que crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura · Última reforma de referencia: 09-04-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 3o.- Dentro de las limitaciones establecidas en la presente ley y las que se establezcan en las reglas de operación respectivas y en el contrato de fideicomiso, el Fiduciario podrá realizar las siguientes operaciones:

I.- Garantizar a las instituciones de banca múltiple, a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito y a los intermediarios financieros no bancarios que operen con el Fondo, en la recuperación de los préstamos que se otorguen a los productores agropecuarios y forestales;

Fracción reformada DOF 12-05-2005 II.- Descontar en casos necesarios a las instituciones de banca múltiple, a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito y a los intermediarios financieros no bancarios que operen con el Fondo, títulos de crédito provenientes de préstamos otorgados a los productores agropecuarios y forestales;

Fracción reformada DOF 12-05-2005 III.- Abrir créditos y otorgar préstamos a las instituciones de banca múltiple, a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito y a los intermediarios financieros no bancarios que operen con el Fondo, con objeto de que éstas a su vez abran créditos a los productores agropecuarios y forestales, y Fracción reformada DOF 12-05-2005 IV.- Realizar las demás que se fijen en las reglas de operación, siempre que sean por conducto de las instituciones de banca múltiple, de las uniones de crédito, de los almacenes generales de depósito o de los intermediarios financieros no bancarios que operen con el Fondo.

Fracción reformada DOF 12-05-2005

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3o de Ley que crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura?

Dentro de las limitaciones establecidas en la presente ley y las que se establezcan en las reglas de operación respectivas y en el contrato de fideicomiso, el Fiduciario podrá realizar las siguientes operaciones: I.-…

¿Está vigente el artículo 3o?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 09-04-2012. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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