Ley federal

Artículo 15 de Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura

Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura · Última reforma de referencia: 17-12-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 15.- El Gobierno Federal, por conducto de su Secretaría de Cultura, asignará anualmente al Instituto el subsidio y las partidas presupuestales necesarias para su funcionamiento.

Artículo reformado DOF 17-12-2015

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 15 de Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura?

El Gobierno Federal, por conducto de su Secretaría de Cultura, asignará anualmente al Instituto el subsidio y las partidas presupuestales necesarias para su funcionamiento. Artículo reformado DOF 17-12-2015

¿Está vigente el artículo 15?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-12-2015. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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