Artículo 1 de Ley Reglamentaria del Artículo 2288 del Código Civil del Estado — Colima
Ley Reglamentaria del Artículo 2288 del Código Civil del Estado — Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1o.- Se declara de interés público el arrendamiento de casas y departamentos destinados para habitación, así como los locales comerciales que expenden productos de primera necesidad y los destinados al desarrollo de industrias en pequeño.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.