Ley federal

Artículo 31 de Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación

Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 31. La Junta se integra por cinco personas denominadas comisionados, nombradas por la Cámara de Senadores, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, las cuales durarán en su cargo siete años improrrogables, serán renovadas en forma escalonada y no podrán ser reelectas. En su composición se procurará la paridad de género.

Las personas que integren la Junta, deberán ser especialistas en investigación, política educativa, temas pedagógicos o tener experiencia docente en cualquier tipo o modalidad educativa; además acreditar el grado académico de su especialidad y experiencia, no haber sido dirigente de algún partido político o candidato a ocupar un cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación.

En caso de falta absoluta de un integrante de la Junta, ésta informará inmediatamente a la Cámara de Senadores, para que lleve a cabo la sustitución en términos de la fracción IX del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La persona elegida en la hipótesis a que se refiere el párrafo anterior, solo podrá desempeñar el cargo durante el tiempo que reste al periodo del nombramiento de aquella que ha sido sustituida.

Las personas que integren la Junta serán remuneradas conforme a las disposiciones aplicables.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 31 de Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación?

La Junta se integra por cinco personas denominadas comisionados, nombradas por la Cámara de Senadores, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, las cuales durarán en su cargo siete años improrrogables,…

¿Está vigente el artículo 31?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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