Artículo 38 de Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación
Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 38. La Junta se auxiliará de la Secretaría Ejecutiva, quien asistirá con voz, pero sin voto, a las sesiones.
Asimismo, podrá acordar la asistencia de otros servidores públicos de la Comisión que estime pertinentes, atendiendo a la naturaleza de sus asuntos, para que le rindan directamente la información que les solicite.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.