Artículo 64 de Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación
Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 64. Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de la Comisión es pública y accesible a cualquier persona, misma que se sujetará a los términos y condiciones establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y demás disposiciones aplicables.
Capítulo II De la vigilancia y del Órgano Interno de Control
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.