Artículo 63 de Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación
Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 63. Para el cumplimiento de sus atribuciones, la Comisión además podrá suscribir convenios con universidades y otras instituciones de educación superior a las que se refiere la fracción VII del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Título Sexto Previsiones Generales Capítulo I De la información pública, la transparencia y la rendición de cuentas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.