Artículo 129 de Ley sobre el Contrato de Seguro
Ley sobre el Contrato de Seguro · Última reforma de referencia: 04-04-2013 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 129.- Es lícito el seguro de provechos esperados dentro de los límites de un interés legítimo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.