Artículo 242 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 242.- Los Cabos de cañón disfrutarán en los ejercicios de tiro al blanco, la gratificación que el Reglamento respectivo señale por cada blanco que hicieren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.