Artículo 277 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 277.- Siempre que se hagan saludos al cañón, procurará estar presente, y cuando sea necesario tener en cubierta cartuchos de salva, ya sea para saludos o para señales de urgencia, cuidará que no se saquen de sus cajas y hará guardar éstas con las debidas precauciones en el local próximo que determine el Oficial de artillería, previa anuencia del Jefe del Detalle.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.