Artículo 292 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 292.- Dirigirán al personal subalterno de su sección o batería en la limpieza diaria; cooperarán activamente en la instrucción militar y en ejercicios de tiro y zafarrancho de combate, acudiendo con la debida presteza a cubrir el puesto que tengan señalado, y cuidando del mejor orden en el desempeño de su servicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.