Artículo 535 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 535.- Antes de salir a campaña se cerciorará de que la pólvora, espoletas, estopines, cargas y artificios están en buen estado de servicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.