Artículo 562 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 562.- Antes de salir a la mar ordenará a los timoneles se cercioren del estado que guarde la rueda, el timón, guardines y cañas de respeto, dando aviso al Comandante o al Segundo, de cualquiera falta que hubiere, para su pronta reparación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.