Artículo 584 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 584.- Los libros y carpetones que deberá llevar el Oficial de equipo para auxiliar al Jefe del Detall, estarán bajo su guarda y cuidado, debiendo anotarlos en el mejor orden.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.