Artículo 840 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 840.- Serán empeñosos para contribuir al bienestar de los pacientes, haciendo que las enfermeras cumplan estrictamente las órdenes que reciban.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.