Artículo 871 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 871.- Cuando notare que cae a las calderas agua de las cubiertas, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Segundo Comandante para que se proceda a calafatear la parte de cubierta respectiva. Evitará, además, que se coloquen sobre las calderas cosas pesadas u objetos que puedan deteriorarlas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.