Artículo 205 de Programa General de Regularización Fiscal por el que se prorroga el término para la solicitud de la Constancia a la que se refiere el artículo 283, párrafo séptimo del Código Fiscal de la Ciudad de México — Colima
Programa General de Regularización Fiscal por el que se prorroga el término para la solicitud de la Constancia a la que se refiere el artículo 283, párrafo séptimo del Código Fiscal de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Corresponde a la Dirección Ejecutiva para el Acceso a la Justicia y Espacios de Refugio:
I. Coadyuvar en la formulación, promoción y ejecución de políticas, programas y acciones que favorezcan la atención, la protección y el acceso a la justicia de mujeres y niñas en situación de violencia en el Refugio y la Casa de Emergencia de la Ciudad de México;
II. Promover y coordinar la prestación de los servicios integrales, multidisciplinarios que brindan el Refugio y la Casa de Emergencia de la Ciudad de México, a las mujeres víctimas de alguna forma de violencia de género extrema;
III. Colaborar en la promoción, coordinación y realización de acciones que permitan el acceso a la justicia a las mujeres brindando servicios de orientación jurídica en las Agencias de Investigación Territorial y Agencias de Investigación Especializadas del Ministerio Público, con el fin de favorecer el ejercicio de sus derechos; así como proporcionar información sobre los servicios sociales y de protección que requieran las mujeres en situación de violencia de género;
IV. Promover y realizar acciones para el acceso a la justicia de las mujeres en situaciones de violencia de género, principalmente violencia sexual, brindando servicios de atención jurídica y psicológica en espacios del Sistema Integrado de Transporte Público de la Ciudad de México;
V. Establecer vínculos institucionales de coordinación para proponer instrumentos jurídicos con entes públicos, privados, sociales, organismos internacionales e instituciones académicas, en materia de acceso a la justica y de derechos humanos de las mujeres y las niñas, igualdad de género, prevención, atención de los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres y las niñas;
VI. Colaborar de manera permanente con las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia; así como proponer, y en su caso, coadyuvar en la implementación de acciones para fortalecer el acceso a la justicia de mujeres y niñas en la Ciudad;
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de agosto de 2020 VII. Gestionar y realizar las acciones necesarias para acceder al financiamiento público y privado con las instancias competentes federales y locales, las organizaciones sociales y las instituciones de asistencia pública y privada, dirigidas a mejorar las condiciones de atención integral, protección y acceso a la justicia de las mujeres y niñas en el Refugio y la Casa de Emergencia de la Ciudad de México;
VIII. Supervisar y vigilar que el personal que brinda atención integral y de protección a mujeres y niñas en situación de violencia de género dentro del Refugio, y la Casa de Emergencia de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México, ingrese la información necesaria para fortalecer la Red de Información de Violencia contra las Mujeres y el Sistema para la Identificación y Atención del Riesgo de Violencia Feminicida;
IX. Coordinar las actividades para el acceso a la justicia y espacios de refugio, orientadas a dar respuesta oportuna y con la debida diligencia a las necesidades de las mujeres víctimas de violencia de género, favoreciendo su acceso a la justicia;
X. … XI. Colaborar en el diseño de estrategias orientadas a coadyuvar con las autoridades ministeriales y judiciales de la Ciudad, a fin de favorecer el acceso a la procuración e impartición de justicia de las mujeres y niñas víctimas de violencia de género;
XII. Se deroga.
XIII. Mantener en el ámbito de sus atribuciones las políticas públicas con perspectiva de género, destinadas a la mejora del acceso a la justicia de las mujeres y niñas en situación de violencia de género, en todos los ámbitos de la sociedad civil;
XIV. Se deroga.
XV. Se deroga.
XVI. Elaborar en el ámbito de sus atribuciones, informes sobre los resultados en el cumplimiento de los programas y acciones, objetivos y estrategias del Programa de Trabajo de la Secretaría;
XVII. Proponer a la persona Titular de la Secretaría, acuerdos y convenios con las autoridades de los distintos niveles de Gobierno y de otros entes públicos, privados, autónomos y de agencias multilaterales, orientados a mejorar el funcionamiento y operación del Refugio, y de la Casa de Emergencia de la Ciudad;
XVIII. … XIX. Los demás asuntos que le corresponden en términos de las leyes aplicables, su reglamento interior y los que le instruya la persona Titular de la Secretaría y/o la persona Titular de la Dirección General de Igualdad y Atención a la Violencia de Género, que favorezcan, promuevan y reconozcan los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.