Artículo 115 de Reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo
Reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
………. VII. a XX. ……….
I. a III. ………. Artículo 133.- Los Consejos distritales y municipales electorales, dentro de las veinticuatro horLas siguientes a su IV. Proponer al Consejo General, para su aprobación, la instalación, remitirán copia del acta respectiva a la estructura administrativa de la Secretaría General y Presidencia del Consejo General. EAn idéntica forma deberán de actuar respecto de las subsecuentes sesiones. De las de las vocalías.
actas anteriores se entreGgará, por conducto de sus representantes, copia certificada a los partidos que la V. a XIII. ………..
soliciten.
………. E Título Cuarto ………. L De las Mesas Directivas de Casillas Capítulo Tercero Bis RCapítulo Segundo De las Comisiones del Consejo General De la ubicación y publicación O
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.