Artículo 204 de Reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo
Reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los magistrados del Tribunal Electoral del A e) Se aplicará el procedimiento y fórmula de asignación Estado continuarán en su cargo aunque haya fenecido el de diputados de representación proporcional período para el que fueron nombrados, sin que ello implique I establecidos en los artículos 70 y 71 de este Código; ratificación en el mismo, mientras no sean designados P quienes deban sustituirlos.
f) Declarará qué partidos políticos de acuerdo con las O listas registradas obtuvieron diputados de Artículo 205.- El Tribunal funcionará en Pleno durante el representación proporcional y expedirá las proceso electoral con la totalidad de los magistrados, sus Cconstancias respectivas; y, sesiones serán públicas y sus decisiones serán válidas cuando se encuentren presentes más de la mitad de sus g) Se hará constar en el acta circunstanciada de la miembros; las resoluciones se tomarán por mayoría de votos sesión el resultado del cómputo y los incidentes que de los presentes; y, en caso de empate, el Presidente tendrá ocurran durante la misma. voto de calidad.
Libro Séptimo Artículo 206.- Los magistrados electorales sólo podrán Del Tribunal Electoral del Estado abstenerse de votar cuando tengan impedimento legal o no hayan estado presentes en la discusión del asunto.
Título Primero De su Integración, Competencia y Funcionamiento Cuando un magistrado electoral disintiere de la mayoría o PAGINA 18 Domingo 11 de Febrero del 2007. 2a. Edición Extraord. PERIODICO OFICIAL su proyecto fuera rechazado, podrá formular voto particular, continuación de la sesión en privado;
el cual se insertará al final de la sentencia aprobada, siempre y cuando se presente antes de que sea firmada esta última. IV. Turnar a los magistrados, los expedientes que correspondan, para que lleven a cabo la
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.