Artículo 4 de Reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo
Reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
O4.- Los partidos políticos gozarán de la exención participado en el proceso local ordinario inmediato anterior, de todo tipo de impuestos y derechos estatales salvo los no alcancen por lo menos el dos por ciento de la votación menCcionados en el siguiente artículo. estatal emitida de diputados de mayoría relativa, tendrán derecho a que se les asigne financiamiento en el año de la Capítulo Cuarto elección, hasta que postulen candidatos a diputados en Del Financiamiento de los Partidos Políticos por lo menos cincuenta por ciento de los distritos. Se les otorgará financiamiento para la obtención del voto una
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.