Artículo 95 de Reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo
Reformas al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Bis.- El Instituto Electoral de Michoacán podrá procedido, surtirá efectosA a partir del 1o. de agosto del año celebrar convenios con el Instituto Federal Electoral para anterior al de la elección.
que, dado el caso, aquél organice, conduzca y vigile I procesos electorales federales, o bien el Instituto Federal Las agrupacionesP políticas con registro, gozarán del régimen Electoral, organice, conduzca y vigile procesos electorales fiscal previsto para los partidos políticos en los artículos 44 locales.
y 45 de esOte Código.
Libro Cuarto Art C ículo 68-D.- La agrupación política estatal perderá su Del Proceso y Organismos Electorales registro por las siguientes causas:
Título Primero a) Cuando se haya acordado su disolución por la Del Proceso Electoral mayoría de sus miembros;
Capítulo Único b) Haberse dado las causas de disolución conforme a sus documentos básicos; Artículo 96.- El proceso electoral, para elecciones ordinarias de Gobernador, diputados y ayuntamientos, se inicia ciento c) Por incumplir de manera grave con las disposiciones ochenta días antes de la elección, y concluye con la contenidas en este Código; declaración de validez o una vez resueltos en definitiva los PERIODICO OFICIAL Domingo 11 de Febrero del 2007. 2a. Edición Extraord. PAGINA 11 medios de impugnación que se presenten, según sea el caso. relación laboral resulte incompatible con los principios del ejercicio de la función electoral.
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g) a i) ……….
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I. a III. ………. Artículo 113.- ……….
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.