Reglamento federal

Artículo 53 de Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares

Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 53.- Se tendrán como documentos idóneos, para los efectos del artículo anterior, previa calificación que al efecto realice el Registro, los siguientes:

I. Para acreditar la posesión:

a) Certificado de derechos a solar urbano;

b) Contrato de cesión de derechos;

c) Contrato privado de compraventa;

d) Constancia ejidal que certifique tal calidad, o e) Acta de información testimonial, o de inspección testimonial.

II. Para la identificación del interesado:

a) Pasaporte;

b) Cartilla del servicio militar nacional; Credencial para votar con fotografía;

c) Credencial para votar con fotografía;

d) Licencia de manejo;

e) Credencial del Instituto Mexicano del Seguro Social;

f) Credencial del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

g) Cartilla postal, o h) Constancia de identificaci6n expedida por autoridad federal, estatal o municipal.

El interesado podrá presentar, si no contare con uno o algunos de los anteriores documentos, otros que le permitan establecer una presunción de posesión o para su identificación, según sea el caso.

El Registro verificará que los documentos presentados reúnan los requisitos exigidos por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 53 de Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares?

Se tendrán como documentos idóneos, para los efectos del artículo anterior, previa calificación que al efecto realice el Registro, los siguientes: I. Para acreditar la posesión: a) Certificado de derechos a solar…

¿Está vigente el artículo 53?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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