Reglamento federal

Artículo 60 de Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares

Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 60.- Las actas que se levanten de las Asambleas a que se refiere el artículo 80 de este reglamento, se remitirán para su inscripción al Registro. Dichas actas servirán de base para la expedición de los certificados y títulos correspondientes.

Articulo 61- El Registro verificará que tales actas contengan los siguientes elementos:

I. Fecha de convocatoria;

II. Lugar y fecha de celebración de la Asamblea;

III. Participantes en la Asamblea, debiéndose especificar el número total de ejidatarios asistentes a la misma y el porcentaje que éste representa del total de ejidatarios;

IV. Orden del día que especifique los puntos a tratar en la Asamblea;

V. Acuerdos recaídos sobre cada uno de los asuntos comprendidos en el orden del día, con indicación del sentido de la votación y la expresión del porcentaje correspondiente;

VI. Firma o, en su caso,- huella digital de los integrantes del Comisariado, del Consejo de Vigilancia, del Presidente y Secretario de la Asamblea, del representante de la Procuraduría y del fedatario público y VII. Certificación del fedatario público asistente a la Asamblea, de que lo asentado en el acta corresponde a lo tratado en la misma, en les términos del penúltimo párrafo del artículo 8º de este reglamento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 60 de Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares?

Las actas que se levanten de las Asambleas a que se refiere el artículo 80 de este reglamento, se remitirán para su inscripción al Registro. Dichas actas servirán de base para la expedición de los certificados y títulos…

¿Está vigente el artículo 60?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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