Artículo 18 de Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México · Última reforma de referencia: 06-03-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 18. La Comisión Coordinadora se integrará con los siguientes miembros:
I. Presidente: El Director General de Recursos Humanos de la Secretaría;
Fracción reformada DOF 11-03-2016 II. Vocales: Los necesarios, pertenecientes a las Direcciones Generales y al Estado Mayor;
III. Secretario Técnico: El que designe el Presidente, y IV. Personal de apoyo: El que la Comisión considere necesario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.