Artículo 55 de Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México · Última reforma de referencia: 06-03-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 55. El Estado Mayor, en coordinación con la Oficialía Mayor, determinará al personal de los grados de Marinero a Capitán de Corbeta que será convocado para participar en el Concurso de Selección.
Artículo reformado DOF 11-03-2016
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.