Artículo 62 de Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México · Última reforma de referencia: 06-03-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 62. La aplicación del examen médico será responsabilidad del servicio de Sanidad Naval a través de los establecimientos médicos navales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.