Artículo 83 de Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México · Última reforma de referencia: 06-03-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 83. Cuando por razones fisiológicas, el personal femenino solicite otra fecha para presentar el examen de capacidad física, se le autorizará dentro del calendario de aplicación de citado examen, siempre y cuando sea antes de que se lleve a cabo el examen académico.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.