Artículo 96 de Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México · Última reforma de referencia: 06-03-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 96. Al término de la evaluación del examen de conocimientos prácticos, se elaborará una cartilla de calificaciones, la cual deberá contener los datos del Participante, áreas de práctica evaluadas y la calificación obtenida. Asimismo, dicha cartilla deberá estar certificada por los integrantes del comité de evaluación.
Artículo reformado DOF 11-03-2016
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.