Artículo 95 de Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México · Última reforma de referencia: 06-03-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 95. Los comités de evaluación se constituirán en las unidades y establecimientos navales, y deberán gestionar la disponibilidad de las instalaciones, material y equipo necesarios para realizar la evaluación del examen de conocimientos prácticos.
Artículo reformado DOF 11-03-2016
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.