Artículo 98 de Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México · Última reforma de referencia: 06-03-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 98. Los Mandos correspondientes coordinarán y proporcionarán los apoyos e infraestructura necesaria para la realización de los exámenes de conocimientos prácticos programados.
Artículo reformado DOF 11-03-2016
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.