Artículo 141 de Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 141.- Para otras disposiciones relacionadas con esta Condecoración, se deberá observar el contenido del Manual de Organización y Funcionamiento Interior de la Legión de Honor Mexicana.
SECCIÓN DÉCIMA TERCERA Características y Uso de las Condecoraciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.