Artículo 28 de Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 28.- El examen psicológico se ajustará a los siguientes lineamientos:
I. Quedará bajo la responsabilidad de la Dirección General de Sanidad, la que aplicará el examen de comportamiento laboral y los que determine el Estado Mayor, y II. El examen de comportamiento laboral se aplicará en el Centro de Evaluación del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, el mismo día en que se realice el examen médico final en el Hospital Central Militar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.