Artículo 80 de Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 80.- La integración de los grupos para la aplicación de los exámenes médicos y de capacidad física militar estará a cargo del Estado Mayor.
SUBSECCIÓN B De la Comisión de Evaluación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.