Reglamento federal

Artículo 68 de Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas

Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas · Última reforma de referencia: 20-02-2017 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 68.- De ser procedente, las bases también deberán contener:

I. El nombre y domicilio del o de los Agentes participantes;

II. La relación de las autorizaciones que, además de las que corresponda otorgar a la convocante, se requieran de otras autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como los requisitos que para obtenerlas deberán cumplirse;

III. En caso de proyectos con origen en una propuesta no solicitada:

a) El nombre del promotor;

b) Los términos y condiciones para el pago del certificado para el reembolso de los gastos por los estudios realizados a que se refiere el artículo 31, fracción I de la Ley;

Inciso reformado DOF 20-02-2017 c) La mención del premio que, en su caso, se haya establecido en términos del artículo 31, fracción V de la Ley, y Inciso reformado DOF 20-02-2017 d) La mención de que el Promotor emitió la declaración unilateral de voluntad a que se refiere el artículo 31, fracción II de la Ley;

Inciso adicionado DOF 20-02-2017 IV. Los requisitos, términos y condiciones para realizar los actos del Concurso a través de medios electrónicos;

V. Los términos y condiciones para realizar la revisión preliminar y registro de participantes a que alude el artículo 49 de la Ley;

VI. Las causas, en adición a las previstas en el artículo 57 de la Ley, por las que los concursantes quedarán descalificados, y VII. El nombre, domicilio y dirección de correo electrónico del testigo social.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 68 de Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas?

De ser procedente, las bases también deberán contener: I. El nombre y domicilio del o de los Agentes participantes; II. La relación de las autorizaciones que, además de las que corresponda otorgar a la convocante, se…

¿Está vigente el artículo 68?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 20-02-2017. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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