Reglamento federal

Artículo 172 de Reglamento de la Ley de Aviación Civil

Reglamento de la Ley de Aviación Civil · Última reforma de referencia: 31-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 172. La persona comandante o piloto al mando de la aeronave debe:

Párrafo reformado DOF 31-05-2023 I. Mantener vigilancia visual durante el tiempo de vuelo, a fin de evitar posibles colisiones y mantener separación visual, independientemente de las reglas de vuelo o la clase de espacio aéreo en que opere, y siempre que las condiciones meteorológicas se lo permitan;

II. Cumplir con las trayectorias, altitudes, restricciones de velocidad establecidos en las rutas y procedimientos a la navegación incluidos en la publicación de información aeronáutica;

Fracción reformada DOF 31-05-2023 III. Realizar el lanzamiento de objetos, rociado, vuelo acrobático, vuelo simulado por instrumentos, vuelo de formación, vuelo en globo, descenso en paracaídas y remolque de objetos o de otra aeronave, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos en las reglas de tránsito aéreo y en las normas oficiales mexicanas correspondientes, para salvaguardar la seguridad en la operación de la aeronave;

IV. Ceder el paso a las aeronaves que estén aterrizando o en las fases finales de una aproximación para aterrizar cuando esté operando una aeronave en vuelo, en tierra o en agua;

V. Ceder el paso a las aeronaves que estén despegando o por despegar cuando esté operando una aeronave en rodaje y dentro del área de maniobras de un aeródromo;

VI. Operar las luces de navegación y otras con que cuente la aeronave conforme a las condiciones previstas por las reglas de tránsito aéreo, y VII. Cuando pretenda realizar un vuelo controlado, obtener la autorización respectiva del servicio de control de tránsito aéreo antes de su salida y una vez en vuelo se apegará a la misma.

La persona comandante o piloto al mando de la aeronave, durante el vuelo, debe solicitar la aprobación de cambios a su plan de vuelo a quien preste los servicios de control de tránsito aéreo y se debe apegar a los mismos.

Párrafo reformado DOF 31-05-2023

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 172 de Reglamento de la Ley de Aviación Civil a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 172 de Reglamento de la Ley de Aviación Civil?

La persona comandante o piloto al mando de la aeronave debe: Párrafo reformado DOF 31-05-2023 I. Mantener vigilancia visual durante el tiempo de vuelo, a fin de evitar posibles colisiones y mantener separación visual,…

¿Está vigente el artículo 172?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 31-05-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.