Artículo 5 de Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones · Última reforma de referencia: 13-02-2013 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5. El Gobierno Federal deberá consultar a las Cámaras en todos aquellos asuntos vinculados con las actividades que representan y a las Confederaciones como representantes de los intereses generales de la actividad comercial e industrial.
Artículo reformado DOF 13-02-2013
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.