Artículo 133 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 133.- La Dirección y Rectoría establecerá lo necesario para el procesamiento estadístico de resultados del examen cultural de admisión y el análisis de los instrumentos empleados.
CAPÍTULO VI De los Estudiantes Militares en el Extranjero
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.