Artículo 139 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 139.- Baja es la separación de los discentes de las Instituciones Educativas de conformidad con lo establecido en el Reglamento de cada Plantel.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.