Artículo 165 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 165.- Con aprobación de la Secretaría, la Dirección y Rectoría, celebrará convenios de intercambio académico y otros, con instituciones nacionales o extranjeras.
TÍTULO NOVENO Investigación y Doctrina Militar CAPÍTULO ÚNICO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.