Artículo 38 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 38.- Los directores de las Instituciones Educativas serán Generales o Jefes designados por el Secretario, de conformidad con lo que establezca el reglamento del plantel respectivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.