Artículo 85 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 85.- Los planes de estudio se actualizarán de conformidad con:
I. Las necesidades de la Secretaría;
II. El resultado de las evaluaciones institucionales de los planes y programas de estudio vigentes;
III. La disponibilidad de recursos humanos, materiales, técnicos y financieros; y IV. La modificación de la doctrina militar y los avances en las áreas humanística, científica y tecnológica.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.