Reglamento federal

Artículo 14 de Reglamento de la Ley de Energía Geotérmica

Reglamento de la Ley de Energía Geotérmica · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 14. Para efectos del artículo 56 de la Ley, los Permisionarios o Concesionarios deberán designar como responsable del cumplimiento de las normas de seguridad en las Áreas Geotérmicas a un ingeniero que cuente con cédula profesional y experiencia en temas relacionados con seguridad industrial.

Los Permisionarios y Concesionarios serán responsables de mantener sus pozos en condiciones operativas y con las instalaciones necesarias para garantizar su estabilidad y seguridad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 14 de Reglamento de la Ley de Energía Geotérmica a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 14 de Reglamento de la Ley de Energía Geotérmica?

Para efectos del artículo 56 de la Ley, los Permisionarios o Concesionarios deberán designar como responsable del cumplimiento de las normas de seguridad en las Áreas Geotérmicas a un ingeniero que cuente con cédula…

¿Está vigente el artículo 14?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.