Artículo 11 de Reglamento de la Ley de Energía para el Campo
Reglamento de la Ley de Energía para el Campo · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 11.- El consumo de los energéticos agropecuarios se medirá mensualmente atendiendo los ciclos agrícolas o su equivalente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.